Podríamos remontarnos a las definiciones que nos brinda la Real Academia Española y concluir este tema rápidamente, pero eso dejaría bastante a desear. Esta vez no lo haremos, solamente partiremos del supuesto de que tenemos una idea vaga de que no es igual un concepto al otro.
Abogado:
Analizaremos primero el concepto de abogado. El abogado es alguien que en base a ciertos estudios defiende a alguien en un juicio, le dedica todo lo que esté en sus manos a su “cliente”, por lo general su labor se ve remunerada al término de esta. Siempre está para ayudar a la gente en lo que su profesión se lo permite. En muchos casos ya no se ve tanto por ese lado sino que se toman más en cuenta las posibilidades del cliente que las capacidades del abogado, no por eso debe aceptarse como correcto. Podemos concluir que el abogado es un perito en la ciencia del derecho que ayuda a las personas a representarlas para cualquier efecto legal, por el momento omitiremos la parte de la remuneración ya que la profesión de abogado no fue concebida pensando ¿Cuánto podre cobrar? Aunque eso pueda parecer una posición muy idealista tiene algo de realidad.
Jurista:
En tanto al jurista, tenemos una definición un poco distante que la de un abogado, podríamos decir que un jurista es superior a un abogado. El jurista es quien estudia profesa y analiza la ciencia del derecho para lograr su perfeccionamiento, es quien piensa el derecho (para que luego el legislador cree normas y el abogado las aplique). Siendo estos dos conceptos diferentes que no están en ninguna forma encontrados nos damos cuenta de que se puede ser las dos a la vez, por lo general el jurista es abogado pero puede darse el caso de que el abogado no sea jurista.
Conclusión:
Ya definimos que es cada uno de estos dos conceptos, ahora, para no perder la costumbre, podríamos simplemente analizar las definiciones de la Real Academia Española con el fin de verificar si nuestras definiciones son acercadas a la realidad.
Abogado: Licenciado o doctor en derecho que ejerce profesionalmente la dirección y defensa de las partes en toda clase de procesos o el asesoramiento y consejo jurídico.
Jurista: Persona que ejerce una profesión jurídica, persona dedicada al estudio, interpretación y aplicación del derecho.
Tomando en cuenta las definiciones que tenemos aquí podemos ver que lo que se ha desarrollado no esta tan alejado de la realidad concebida por los estudiosos de la lengua.
Bibliografía:
Revista judicial www.derechoecuador.com “El jurista y el abogado” Por: Dr. Bayardo Moreno Piedrahita.
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