22 dic 2009

Ensayo final sobre: Retroactividad de la ley

Bueno, decidí incluir también el ultimo ensayo que se nos pidió para dicha materia, este fue sobre un tema de elección personal, el que escogí yo fue sobre Retroactividad de la ley. Deje muchos cabos sueltos y la verdad no lo tome con la seriedad que debí haberlo tomado, sin embargo aquí esta.

Introducción

En el actual trabajo relacionaremos un concepto de derecho y uno de libertad con cuatro situaciones en las que entra en juego la retroactividad de la ley. Partiendo de los conceptos analizados veremos cómo se argumentaría del punto de vista de ambos conceptos ya mencionados.

Cabe mencionar que los conceptos de libertad y de derecho tienen su contraparte, la cual solo será mencionada y no se profundizara en ella.

Sobre la libertad

George Weigel, un politólogo estadounidense, en una conferencia titulada Two ideas of freedom nos hablo de un par de conceptos de libertad, uno opuesto al otro, como es de esperarse. Ambos conceptos nacen a raíz de un ensayo escrito por Isaiah Berlin, sobre el cual no profundizaremos en esta ocasión. Weigel por otro lado si profundiza en los conceptos que nos da Berlin sobre libertad demostrando porque son insuficientes y postulando dos ideas diferentes de libertad, una dada por Tomás de Aquino y la otra de Guillermo de Ockham.

  • Libertad para Tomás de Aquino: La libertad en este caso es el actuar correcto del hombre, esto es decir que la libertad equivale al bien, por lo tanto a la felicidad. Dejando fuera a los hombres malos, estos no son libres sino esclavos de su mal actuar, podría argumentarse que son esclavos de sus pasiones, desde ese punto de vista es libre quien hace ejercicio de las virtudes .

  • Libertad para Guillermo de Ockham: Como exponente del Nominalismo, Ockham argumenta que las leyes son algo externo al hombre e incluso la moral es solamente una obligación más que el mismo hombre se impuso. Por ello que la libertad, para Ockham, puede ser prácticamente la misma libertad negativa de Berlin, hacer lo que uno quiera sin interferencias. Una vez más, un simple libertinaje.

Sobre el derecho

Podemos apreciar como cada uno de estos conceptos nos puede llevar a vivir en un estado de inconformidad social y otro de justicia social. Pero quiero hacer notar que para hablar de justicia es necesario hablar de ley, lo que me lleva a la siguiente interrogante ¿Cómo debemos entender a la ley?

Sócrates, en el diálogo de las leyes habla con un acompañante, un sofista para no perder la costumbre, ambos hacen notar dos concepciones de ley muy diferentes una de la otra, son ambas concepciones las que utilizare para tratar de responder a la interrogante anterior.

  • Acompañante: La ley la entiende como un artificio del hombre, hecha exclusivamente por él para su beneficio, como lo dice él la opinión de la ciudad es lo que se acepta legalmente, es decir, la ley es simple y llanamente el producto de un consenso.

  • Sócrates: Sócrates entiende como ley algo que no es solamente un artificio del hombre para su beneficio, sino que también es necesaria la existencia de una serie de principios inherentes al hombre, las leyes que hace el hombre deben ser acordes a estos principios ya mencionados, mientras sea una situación relevante y no una banalidad.

Sobre la retroactividad de las leyes

Partiendo de que el hombre es un ser bueno por naturaleza nos damos cuenta de que la libertad de Tomás de Aquino, que es el ejercicio de las virtudes, se relaciona con la ley de Sócrates ya que el ejercicio de las virtudes es algo que le es natural al hombre (cabe destacar que la naturaleza puede sufrir perversiones) así como los principios de los que nos habla Sócrates que son naturales al hombre.

El actuar como nos da la gana nos hace caer en un estado de caos, y mientras no exista más que una ley que es artificial al hombre y no tiene un respaldo, por decirlo de una forma, real o verdadero es una forma en la que podemos relacionar la visión de libertad de Guillermo de Ockham con el concepto de ley que nos da el acompañante de Sócrates.

Cabe aclarar que la ley como la concibe Sócrates necesita forzosamente de leyes consensuadas (opinión de la ciudad) para poder mantener un orden jurídico. La ley supuestamente basada en conceptos anteriores a ella (los principios naturales de Sócrates) debería de mantener una constancia tanto en tiempo como en lugar, en el momento en que surge un conflicto entre dos leyes en el tiempo, lo normal sería entrar en crisis y aparecería una pregunta que en realidad no es fácil de contestar, ¿Cuál debo seguir?

Este tipo de conflictos de leyes en el tiempo se conoce como retroactividad de la ley, que puede ser definida como la acción de la ley sobre el pasado .

Si tomamos las ideas clásicas de la ley nos toparemos con que no hay posibilidad a la retroactividad de la ley, ya que La ley no dispone más que para el futuro, la misma no tiene efecto retroactivo , poniéndolo en términos de la materia a estudiar “Es opinión de la ciudad que la ley no tiene efectos retroactivos” pero no podemos dejar de lado que hay casos especiales, por lo que no es correcto simplemente trazar una línea y decir un lado está bien y el otro mal, sin embargo para entender mejor el por qué de esto necesitamos conocer más a fondo el concepto de retroactividad.

La ley solo puede ser conocida como retroactiva cuando la ley posterior, aplicándose al pasado, le retira derechos ya adquiridos por una ley anterior a una persona. De esto se desprender que una ley puede aplicarse a hechos pasados sin llamarse retroactiva.

Por ejemplo, existen algunos hechos en los que la ley puede actuar sobre el pasado sin que sea considerada como una ley retroactiva, por ejemplo:

  1. En caso de que la ley necesite interpretación, los sucesos acaecidos entre la entrada en vigor de la ley interpretada y la entrada en vigor de la ley interpretativa. Esto se debe a que independientemente de si la ley interpretada era confusa o no, tiene un sentido que es inherente a esta desde el principio y aunque necesitaba de interpretación este sentido gobernó desde el principio. Si la ley interpretativa contradice en forma alguna al sentido de la ley que interpreta y se aplica de esa forma a situaciones pasadas se aplicaría de forma retroactiva ya que esa ley interpretativa no forma parte del sentido de la ley interpretada.
  2. Hechos suscitados antes de las leyes morales o de orden público, cuando las leyes que provienen de las dos ya mencionadas son aplicadas no son consideradas retroactivas ya que antes no existía una un texto legal que se encargara de regular ese tipo de situaciones, ya pasadas.
  3. Situaciones regidas por una jurisprudencia que no está revestida por el carácter oficial de una ley y por lo tanto no tiene la autoridad de una ley. En este tipo de casos no se involucran los derechos adquiridos en el pasado, ya que solo funciona para ordenar con los elementos que el tiempo aportó.
  4. Es generalmente aceptado que una nueva ley se aplica a los negocios y asuntos ya acaecidos que le competen, esto es solo si confiere beneficios y otorga cosas en función del interés público, sin que haya retroactividad por parte de la ley .

Cabe aclarar que estos cuatro puntos se tomaron de un libro que ya cuenta con alguna antigüedad, por lo que un par de puntos pueden sonar un poco fuera de tono a pesar de que son situaciones abstractas, sobre las cuales profundizaremos tomando en cuenta los conceptos de libertad y ley previamente definidos.

De igual forma es necesario que sepa que el autor toma la teoría de los derechos adquiridos y expectativas de derecho como la válida para hablar de estos cuatro puntos. Esta teoría consiste en:

“La ley es retroactiva cuando viola derechos adquiridos […], la nueva ley no puede desconocer, violar, modificar o extinguir aquellos derechos que definitivamente han entrado al patrimonio o al status de un sujeto determinado, constituyendo por consiguiente parte real y cierta de su activo, cuando tienen carácter económico, o bien, de su esfera jurídica, en aquellos casos de derechos no patrimoniales.”

¿Sócrates vs Sofistas?

¿Qué forma de ver la irretroactividad vendría a ser la correcta? Sería una pregunta nada fácil de responder, podemos inclinarnos a una de las dos argumentaciones siguientes. Antes que nada es menester que entendamos por sofista alguien que tiene por concepto de ley el mismo que el acompañante de Sócrates y por concepto de libertad el mismo que tiene Guillermo de Ockham, al menos para efectos de este ensayo.

Una persona con una forma de ver estos conceptos igual a la de un sofista nos podría argumentar lo siguiente: “Una ley ve solo para el futuro, por lo tanto cualquier suceso acaecido en él pasado y sea tratado con una ley posterior a este es inconcebible ya que la ley misma menciona que esta no puede ser retroactiva. Si la ley fuera retroactiva acabaría con lo que el pueblo mismo ha hecho para su mantener su propio orden seria equiparable a un ser humano comiéndose a otro ser humano, una barbarie pura. El hombre dentro de su capacidad de decidir decidió que el hecho de que la ley no sea retroactiva es por algo, fue por su voluntad que las cosas son así como dicta la ley. Por lo tanto si aceptáramos una ley retroactiva dejaría de servirle a la justicia, dejaría de servirle a su propio fin”.

Mientras que alguien quien comparte la misma visión de libertad y ley (o derecho) de Sócrates podría argumentar lo siguiente: “La ley, si bien es necesaria tenerla, no es inmutable en el sentido de que existe para todas las realidades en todo lugar y momento. De un lugar a otro o de un tiempo a otro cambian las necesidades, inclusive en un mismo lugar. Al cambiar estas la ley corre el riesgo de no cubrir las necesidades que tienen las personas, o el pueblo, como tú lo has llamado. La ley está hecha para servirle a la gente y si no lo hace ¿qué sentido tiene tener una ley? Por eso es que en ocasiones llega a ser necesario que la ley actúe sobre el pasado sin necesidad de llamarla retroactiva. Habrá que tomar en cuenta que la justicia no es un concepto genérico, esta se hace en casos en específico ya que el querer aplicar una <> de justicia para todos los casos es totalmente imposible, por lo tanto si la necesidad de justicia demanda la aplicación de una ley fuera de tiempo es necesario que esta se dé”.

A modo de conclusión

Podemos ver las claras inconsistencias de la argumentación del sofista, ya que al querer referirse a la ley intento dar la imagen de un conjunto de leyes único que pudiera funcionar para todos los aspectos, que solamente rigiera conductas futuras aún si esto representa una injusticia. El dato que la argumentación socrática enfatiza es la necesidad de justicia y como esta no es un concepto genérico, sino específico.

La justicia al ser un concepto específico antes que genérico llega a rebasar cualquier formalidad que tenga la ley creada por el hombre ya que esta es un principio necesario para la convivencia que se da por naturaleza en el hombre.

Bibliografía
  1. Aristóteles, Ética a Nicomaco.
  2. M.A. Mailher de Chassat, Tratado de interpretación de las leyes, p. 271
  3. Rafael Rojina Villegas, Derecho Civil Mexicano, p. 270
  4. George Weigel, Dos conceptos de libertad.
  5. Isaiah Berlin, Dos ideas de libertad.
  6. Platón, Diálogos (Minos, o de las leyes).

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